Andalucía publica la norma que regula cómo pedir la cuota cero y las ayudas al inicio de actividad de autónomos

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado las bases reguladoras que establecen las condiciones para acogerse, por un lado, a la cuota cero, una ayuda que financiará la cuota de la Seguridad Social a los nuevos autónomos que estén acogidos a la tarifa plana estatal, y por otro lado, las condiciones para las ayudas al inicio de actividad para autónomos, un incentivo que puede alcanzar los 5.500 euros y que prioriza a las mujeres, a los jóvenes y a los emprendedores que inicien su actividad en pequeños municipios. Ambas ayudas estarán automatizadas.

La primera de las líneas que recoge la orden publicada, relativa a la cuota cero, consiste en una subvención para financiar las cuotas a la Seguridad Social devengadas por los autónomos, y coincide con la puesta en marcha del nuevo sistema de cotizaciones estatal.

La segunda línea, relativa a inicio de actividad, está destinada a quienes hayan comenzado una actividad y mantengan de forma ininterrumpida la condición de autónomo durante doce meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud. Está previsto que esta ayuda pueda solicitarse antes de que termine el mes de julio y cuenta con un presupuesto inicial de 35,2 millones de euros para alcanzar a más de 7.000 beneficiarios.

En este caso, las cuantías oscilarán de los 3.800 euros a los 5.500 euros, según el colectivo solicitante. De este modo, para autónomas menores de 35 años, la subvención será de 5.000 euros, y para mayores de 35 años o más, 3.800 euros. En el caso de los hombres, los autónomos menores de 30 años recibirán 5.000 euros y de 30 años o más, 3.800 euros.

Además, en el caso de que estos beneficiarios desarrollen su actividad en un municipio de menos de 10.000 habitantes, la cuantía de la subvención se incrementará hasta los 5.500 euros para mujeres menores de 35 años y hombres menores de 30, y hasta los 5.000 euros en los otros dos supuestos.

Para la línea de inicio de actividad, los autónomos que quieran solicitarla, además de estar dado de alta en el RETA a la fecha de presentación de la solicitud, desarrollar su actividad en Andalucía y ser beneficiario de la tarifa plana estatal, deberán contar con un plan de viabilidad de la actividad proyectada a la fecha de presentación de la solicitud.

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